Monday, November 26, 2007

CELULAS MADRE

Identifican una molécula que permite a las células del propio paciente adoptar las propiedades de las embrionarias

Cada vez son más débiles los argumentos de aquellos que siguen empecinados en sacrificar embriones humanos para obtener células madre con fines terapéuticos. Un equipo de investigadores de la Universidad de Edimburgo (Reino Unido) han identificado una molécula que permite a las células adultas adoptar las propiedades de las embrionarias.

El descubrimiento, publicado este jueves, 15 de junio, en la edición digital de la revista científica NATURE, viene a dar la razón a quienes han seguido la línea de investigación con células madre adultas, del propio paciente, que son las únicas que han obtenido resultados terapéuticos, y a los grupos pro vida que defienden los derechos de los embriones desde el mismo instante de su concepción.

Según los científicos de la Universidad de Edimburgo, las moléculas identificadas dotan a las células madre embrionarias de la capacidad para regenerarse y aplicar su pluripotencialidad, es decir su habilidad para producir numerosos tipos de células diferentes. Asimismo, moléculas como éstas podrían ser utilizadas para convertir las células normales somáticas de un paciente en células madre con las propiedades de las embrionarias.

Nanog, juventud eterna

La molécula causante de este importante descubrimiento ha sido bautizada con el nombre de Nanog, en honor a la mítica tierra celta de la juventud eterna, Tir Nan Og. Los especialistas fusionaron células madre embrionarias de ratones con células cerebrales adultas y, al sumarles Nanog, lograron aumentar el número de células híbridas que se comportaron como células madre de embriones después de la fusión celular. Estas células híbridas, además, desarrollaron la capacidad de transformarse en diferentes tipos de células.

El efecto de Nanog es extraordinario. Todas las células híbridas se convierten completamente en células madre embrionarias”, afirmó el doctor José Silva, uno de los científicos participantes en la investigación.

Por su parte, el doctor Peter Mountford, de la compañía biotecnológica Stem Cell Science, propietaria de la tecnología que ha permitido el descubrimiento, aseguró que el estudio muestra que Nanog puede desempeñar un papel central en los aspectos éticos de la investigación con células madre. “Representa un avance importante hacia la reprogramación de las células adultas, sin la necesidad de fabricar embriones humanos” para luego destruirlos.

El Parlamento Europeo no se entera

Al mismo tiempo que se hizo público este importante descubrimiento, el Parlamento Europeo respaldó este jueves el séptimo Programa Marco de Investigación, con un presupuesto de 50.000 millones de euros para el periodo 2007-2013, e introdujo una enmienda para que se puedan financiar con fondos comunitarios proyectos con células madre embrionarias en aquellos países que sea legal.

Tras la decisión, que viene a evidenciar que el Europarlamento no se entera de los avances en esta materia, los obispos europeos manifestaron su preocupación y oposición a una medida que atenta contra la vida de los embriones. “Muchas personas no aceptan que la investigación instrumentalice la vida humana y la utilice como materia prima. No se trata simplemente de una posición católica”, dijo monseñor Noel Treanor, secretario general de la Comisión de las Conferencias Episcopales de la Comunidad Europea (COMECE).

“Toda vida humana comienza con la concepción y necesita una particular protección si ha sido creada fuera del seno de la madre. La vida humana nunca debe ser instrumentalizada. Por eso, mantenemos la oposición de principios ante la destrucción de cualquier embrión y ante el uso de células madre embrionarias”.

Así, a la vista de avances como los de la Universidad de Edimburgo, todos aquellos que dedican sus esfuerzos y dinero a la investigación con células madre embrionarias, o sea, científicos clonadores, industrias biotecnológicas que les pagan y administraciones que subvencionan a ambos, deben replantearse la continuidad de esa línea de investigación y dejar de destruir embriones.

Saturday, November 24, 2007

ABORTOS

Más de 20 niños han sido eliminados en el vientre materno en el Reino Unido, entre 1998 y 2002, pasadas las 20 semanas de embarazo por un simple defecto en el pie, fácilmente operable. Las técnicas de diagnóstico prenatal han extendido la práctica de la eugenesia: cualquier defecto físico o psíquico significa la pena de muerte para el bebé

El diagnóstico prenatal y el pre-implantatorio (DPI) de embriones creados "in vitro" (legalizado en España con la Ley de Reproducción Asistida) son los responsables de una tragedia silenciosa en Gran Bretaña. La ley que permite abortar sin límite de plazo cuando existe "riesgo considerable" de discapacidad se volvió primero contra los niños con Síndrome de Down (el 92% de los casos detectados termina en aborto) y, progresivamente, se ha ido extendiendo a cualquier patología, e incluso es legal matar al niño cuando existe una probabilidad de entre el 30 y el 60% de que desarrolle un cáncer en la edad adulta.

Se han detectado recientemente casos de aborto por causas totalmente nimias, como el labio leporino o pies zambos. Esta última malformación, que afecta a un niño de cada 1.000, fue alegada como causa de aborto pasados los cinco o incluso los seis meses de embarazo por más de 20 ex madres británicas entre 1998 y 2002, según datos de la Oficina Nacional de Estadística que publicó el domingo The Sunday Times. Los abortos dentro del tiempo legal no aparecen recogidos en ese estudio.

Algunos padres contactados por el periódico afirman que se les propuso esa opción como la lógica en estos casos, en un momento en el que “uno está en estado de schock” tras recibir la noticia del médico. Una cirujana critica el modo de proceder de varios de sus colegas, ya que, según dice, se transmite a los padres un mensaje de alarma absolutamente infundado que les induce a abortar.

David Wildgrove cuenta que a su mujer y a él les aconsejaron deshacerse del niño, pero se negaron. Alexander cumplirá pronto los 6 años y, tras una operación, juega al fútbol con los demás chicos. No es una cirugía cara, pero cada año nacen entre 600 y 700 niños en el Reino Unido con pies zambos…

Friday, November 23, 2007

MUERTE DIGNA

Jacinto Bát¡z,
presidente de la Comisión Deontológica
del Colegio de Médicos de Vizcaya.

Diario Médico


Los profesionales de la medicina procuramos el alivio del sufrimiento de los enfermos en fase terminal limitando el esfuerzo terapéutico para evitar tratamientos que no van a aportarles ningún beneficio e impedir así el encarnizamiento terapéutico o sedándolos, cuando no conseguimos aliviar el padecimiento tanto físico como psíquico al final de sus vidas. A algunos de nosotros nos incomoda leer titulares como: la muerte del pentapléjico reabre el debate de la eutanasia ¿Por qué? En primer lugar, porque ni lo de Ramón Sampedro ni lo de Jorge León se trata de eutanasia, sino de suicidio asistido. Si se quiere hablar de eutanasia, hagámoslo, pero no basados en estos ejemplos.

Hay quienes aprovechan para reabrir el debate sobre la eutanasia. Permítanme que yo prefiera hacerlo para dar esperanza a los enfermos y a sus familias que, padeciendo una enfermedad en fase terminal, no desean sufrir mientras llega la muerte. Pretendo en este artículo dar el siguiente mensaje: para aliviar el sufrimiento del enfermo no es necesario eliminarle. Creo que es un buen momento para hablar de la sedación en los enfermos en fase terminal. Y lo es porque han pasado ya varios meses desde el caso Leqanés, y porque cuando se plantea el debate de la eutanasia, como ahora, se está transmitiendo a los ciudadanos que la única manera de aliviar el sufrimiento es provocando la muerte.

La sedación en la agonía se ha de considerar hoy como el tratamiento adecuado para aquellos enfermos que, en los pocos días u horas que preceden a su muerte, son presa de sufrimientos intolerables que no han respondido a las intervenciones paliativas con las que se ha intentado aliviarlos. Quienes padecen una enfermedad terminal presentan a veces en sus momentos finales algún síntoma que les provoca un daño insoportable que puede ser difícil o, en ocasiones, imposible de controlar. Esto obliga al médico a disminuir la conciencia del enfermo para garantizar una muerte serena.






Ya sé que hay ideas confusas acerca de la sedación en la agonía. La necesidad de disminuir la conciencia de un enfermo en las horas anteriores a su muerte ha sido y es objeto de controversia en sus aspectos clínicos, éticos, legales y religiosos. Además, quienes no conocen las indicaciones y la técnica de la sedación o carecen de experiencia en medicina paliativa pueden confundirla con una forma lenta de eutanasia. Respetar la vida y la dignidad de los enfermos implica, cuando ya su curación no es posible, los deberes cualificados de atender a sus instrucciones previstas, verbales o escritas, de no causarles nunca daño y de mitigar su dolor y sus otros síntomas con la prudencia y energía necesarias. En la situación de enfermedad terminal, la auténtica profesionalidad médica impone también la obligación de acompañar y consolar, que no son tareas delegables o de menor importancia, sino actos médicos de mucha categoría, elementos necesarios de la calidad profesional. No tiene cabida hoy la incompetencia terapéutica ante el sufrimiento terminal, ya tome la forma de tratamientos inadecuados, por insuficientes o excesivos, ya la del abandono.

Tiempo atrás, cuando no existía una cultura sanitaria de cuidado y acompañamiento al moribundo, la sedación en la agonía podría haber sido ignorada u objeto de abuso. Hoy, la correcta asistencia a estos enfermos implica que se recurra a ella sólo cuando es rigurosamente necesaria. La sedación representa, pues, el recurso último que se aplica ante la inoperancia demostrada por los otros medios terapéuticos frente a los síntomas biológicos, emocionales o existenciales del enfermo. La sedación, en sí misma, no es buena ni mala; lo que puede hacerla éticamente aceptable o reprobable es el fin que busca y las circunstancias en que se aplica.


La sedación implica, para el enfermo, una decisión de profunda significación antropológica: la de renunciar a experimentar conscientemente la propia muerte. Tiene también para la familia del paciente importantes efectos intelectuales y afectivos. Tal decisión no puede tomarse a la ligera por el equipo médico sino que hade ser el resultado de una deliberación sopesada y compartida acerca de la ineludible necesidad de disminuir el nivel de conciencia del paciente como estrategia terapéutica.

El enfermo adecuadamente sedado no sufre. En contraste con lo que puede suceder a allegados o cuidadores, no tiene prisa alguna para que su vida termine pronto. Es, por ello, necesario evitar, en la intención, en la palabra y en la acción, el más remoto indicio de que la sedación en la agonía se instaura para aliviar la pena de los familiares o la carga laboral de las personas que le atienden.

Creo que es lícito tratar con energía el sufrimiento de un enfermo en fase terminal, incluso cuando ese tratamiento pudiera provocar el entorpecimiento o menor lucidez, o condujera a una hipotética anticipación no querida ni buscada de la muerte, sino simplemente tolerada como efecto indeseado del tratamiento.

No he pretendido confrontar posiciones sobre la eutanasia ni convencer a quien la defiende, sino manifestar que los sanitarios estamos en disposición de evitar el sufrimiento no deseado. Tal vez las voces que se alzan para solicitar la despenalización de la eutanasia debieran hacerlo con la rnisma intensidad para solicitar la formación académica y reglada de una medicina paliativa que pueda universalizar su cobertura y así podamos decir que morir bien no es un privilegio de algunos, sino un derecho que tenemos todos los ciudadanos.

Tuesday, November 13, 2007

EMBRION DERECHOS

E1 Tribunal Supremo japonés dictaminó el pasado 28 de marzo que las

pólizas voluntarias de seguros familiares de vehículos cubran también a los

fetos en caso de accidente de tráfico. Confirmó así la sentencia de un

tribunal inferior que obligaba a la compañía de seguros a indemnizar al niño

no nacido por los daños causados que se le pudieran haber causado en un

accidente de tráfico ocurrido con anterioridad. El fallo del Tribunal

concluyó que el feto es un miembro de la familia y sujeto, por lo tanto, de

derecho a indemnización

Friday, November 09, 2007

VIDA HUMANA EMBRIONARIA

Por CÉSAR NOMBELA. Catedrático de la Universidad Complutense

... Hay mucho de mito, de apuesta por lo casi milagroso, en la propuesta de que la obtención de materiales embrionarios humanos es la única vía para nuevos tratamientos...

LA vida humana, la naturaleza del hombre como ser biológico, no puede escapar a nuestra valoración como especie que reflexiona sobre su propia existencia. Los hallazgos consolidados de la Ciencia aportan referencias detalladas sobre esa realidad. Pero nuestra autocomprensión tiene que impregnarse además de un trasfondo ético, como base de la moralización de la naturaleza humana. Tenemos la capacidad de reproducirnos y conocemos cómo nuestra dotación genética, procedente de nuestros progenitores, padre y madre, fundamenta biológicamente al nuevo ser, haciendo de cada uno de nosotros un individuo único e irrepetible.

Hace 28 años se desarrolló la reproducción humana asistida por fecundación in vitro, para procurar descendencia a personas que no podían procrear mediante la relación natural. Lo que siempre había sucedido en el seno materno -el comienzo de la vida de cualquier ser humano- podía tener lugar en el laboratorio, ser dominado y controlado. Los espacios de dominio humano sobre su propia naturaleza se ampliaban con ello a otras posibilidades; desde la creación deliberada de embriones con propósito distinto a la reproducción y el control biotécnico de la dotación genética del ser humano, hasta la misma selección de quién «tenga derecho» a existir, en función de sus características biológicas más fundamentales.

El comienzo de la vida personal siempre fue objeto de reflexión, pero apremiaba establecer los principios que inspiren el manejo de estas tecnologías. Un embrión humano, aunque sea generado in vitro, significa el inicio de la vida de un nuevo individuo de nuestra especie. Es la fecundación lo que marca un antes y un después en el desarrollo generador de cualquier ser humano. El proceso culminará con su nacimiento, de no existir defectos naturales que lo impidan o una interrupción deliberada que lo bloquee. De la consideración que merezca este embrión, de la dignidad que se le atribuya, dependen tanto las normativas legales como las referencias deontológicas de la práctica médica y la investigación en este campo. Algunos planteamientos tienden a rebajar la consideración del embrión humano en estas etapas iniciales; uno ha sido denominar «preembrión» al embrión preimplantatorio de los primeros catorce días. La designación carece de cualquier base científica, no obstante lo cual, se ha introducido profusamente en nuestra legislación. El otro señala que sólo después de un periodo de varias semanas de gestación uterina, con el comienzo de la organogénesis, el embrión podría merecer protección, por haber alcanzado suficiencia constitucional. Es una propuesta más sustanciada que el mero cambio terminológico, pero incapaz de contradecir el hecho de que todo el desarrollo embrionario es un proceso encadenado, sin que ningún otro hecho marque una solución de continuidad desde la fecundación.

El «Convenio relativo a los Derechos Humanos y la Biomedicina», aprobado por el Consejo de Europa en 1996, incluye un planteamiento serio, para el acuerdo internacional, sobre la protección que merece la vida humana embrionaria. Algunos españoles -no adscritos a tendencias que quepa calificar de conservadoras- destacaron en su promoción, lo que condujo a su ratificación por parte de numerosos países en la ciudad de Oviedo. El Convenio de Oviedo prohíbe expresamente crear embriones humanos con fines de experimentación, al tiempo que exige garantizar la protección suficiente al embrión sobre el que se experimenta, siempre para su propio beneficio. El convenio supuso una iniciativa de protección integral de los derechos de todos, desde las primeras etapas de la vida. Es algo que convendría recordar a quienes se empeñan en señalar que, una concepción rigurosa del valor de la vida humana embrionaria, pertenece solamente al ámbito de ciertas creencias religiosas.

En ocasiones, por el supuesto interés de nuevas investigaciones u otros motivos, se postula un apartamiento de los valores proclamados en el Convenio de Oviedo, con el consiguiente peligro que conlleva relativizar valores éticos por razones utilitaristas. Me referiré a tres aspectos de notable actualidad en iniciativas legislativas en marcha en España (leyes de reproducción asistida y de investigación biomédica).

Años de experiencia en fecundación in vitro, aconsejan limitar la transferencia de embriones para la gestación, incluso a uno en muchos casos. Sin embargo, la nueva ley en trámite vuelve a abrir la posibilidad de su creación ilimitada, dejando sin aplicación la razonable limitación que estableció la legislación de 2003. Era una limitación flexible, en función de razones médicas, cuya administración puede depender de la deontología profesional. Volveremos a una acumulación de embriones congelados en la clínicas, con lo que difícilmente se cumple el Convenio de Oviedo. Además, se justifica la creación deliberada de embriones humanos sobrantes, para la obtención de células madre de origen embrionario. Sin embargo, la normativa todavía vigente permite ya esta posibilidad, aceptando que los embriones generados para la procreación anteriormente, que existen en número elevado en estado de congelación, pero que no tienen otra alternativa que su destrucción, se puedan emplear para obtener estas células.

La nueva norma abre también la posibilidad de examinar embriones de muy pocas células, para gestar sólo aquel que pueda dar lugar a una persona con tejidos histocompatibles, que le hagan donante adecuado para tratar a otra. Ni siquiera se limita esta selección al beneficio de hermanos o parientes próximos, sino que se abre la posibilidad de autorizarlo para «terceros», a juicio de la Comisión de Reproducción Asistida. Se trata de un diagnóstico no exento de riesgos para el propio embrión, a juicio de algunos expertos. Además, el condicionar el nacimiento de alguien a su aptitud como donante de células, para lo que no tiene ciertamente capacidad de otorgar su consentimiento, suscita notables reservas sobre el respeto de su dignidad. Soy muy sensible al dramatismo de algunos casos, que empujan a la búsqueda de un hermano donante para tratar una enfermedad grave. Conviene recordar, sin embargo, que las posibilidades de que funcione son muy remotas, definitivamente hay que seguir apostando por la búsqueda de donantes entre el amplio repertorio de posibilidades que ofrecen los ya nacidos o sus células (cordón umbilical, por ejemplo).

Finalmente, la transferencia del nucleo de una célula adulta al citoplasma de un ovocito desnucleado, de tener éxito, conduce a un embrión clónico, no cabe buscar atajos terminológicos y llamarlo de otra forma. Descartada la gestación de ese embrión, lo único que cabe pensar es en utilizarlo para derivar células madre embrionarias, hoy por hoy, no utilizables en tratamientos, que ya se llevan a cabo experimentalmente con células madre adultas. Un escenario social, en el que la mujer fértil se vea sometida a demandas de sus gametos para tratamiento, en detrimento de su función reproductiva, resulta poco halagüeño.

Hay mucho de mito, de apuesta por lo casimilagroso, en la propuesta de que la obtención de materiales embrionarios humanos es la única vía para nuevos tratamientos. Desde el punto de vista científico, la cuestión está abierta al debate y la crítica, pero es de preocupar que dirigentes políticos o la opinión pública asuman la propuesta de forma acrítica. Creo importante defender un consenso social, que proteja la vida humana desde sus inicios, como la base para asentar cada vez más la protección de derechos de todos y el respeto a su dignidad.